Pergamino, 22 de noviembre del 2024

El sindicato Luz y Fuerza debe indemnizar 150 millones de pesos a pre adjudicatarios de un plan de viviendas

En un fallo de primera instancia el juez Renato Santore condenó a la entidad sindical y a los líderes gremiales a resarcir a las personas que pagaron por el desarrollo de la infraestructura para un complejo habitacional y no lo desarrollaron a pesar de celebrar dos contratos.

Domingo 22 de septiembre de 2024
Por redacción Real 365

Más de 150 millones de pesos sería el monto de la indemnización que debería abonar una entidad sindical a 27 familias pre adjudicatarias del desarrollo urbanístico “148 Viviendas” por no cumplir con dos contratos para la realización de la infraestructura.

En estos días se conoció el veredicto condenatorio contra el sindicato de Luz y Fuerza y los líderes gremiales Claudio Schiavoni y Mauricio Chavero por un plan de viviendas que perjudicó a 148 familias que pagaron para el desarrollo de la infraestructura de un barrio en la zona sur de nuestra ciudad que la entidad no cumplió y tuvo que finalizar el gobierno provincial.

Se trata de un resarcimiento millonario en concepto de lo que pagaron 27 familias pre adjudicatarias de un plan de viviendas que firmaron un contrato con el Sindicato de Luz y Fuerza para que desarrolle la infraestructura en 148 lotes donde se iba a desarrollar un complejo habitacional.

Finalmente, las obras se concretaron con financiamiento del Instituto de la Vivienda de la provincia de Buenos Aires y las inauguró la gobernadora María Eugenia Vidal en 2018, luego que el gremio quedó afuera del proyecto por desmanejo de los bienes abonados por las familias.

El juez Renato Santore condenó en primera instancia al sindicato de Luz y Fuerza a resarcir a los adjudicatarios del barrio 148 viviendas. La sentencia del Juzgado Civil y Comercial 3 deja sentado que los líderes sindicalistas Schiavoni y Chavero son responsables solidarios en el cumplimiento de la condena. La demanda en representación de 27 familias damnificadas la realizó el abogado José Ignacio Villanueva Raspall.

Los fundamentos del fallo destacaron que quedó acreditado que el Sindicato percibió de los actores las sumas necesarias para la adquisición del terreno y la infraestructura detallada en cada uno de los contratos – agua, cloacas, gas y cordón cuneta-, y luego acordó con el Instituto de la Vivienda, que los mentados gastos de infraestructura, específicamente “infraestructura y obras complementarias”, serían financiados por el Instituto de la Vivienda bonaerense y luego cobrados a los adjudicatarios de las viviendas.

El costo de realizar la infraestructura asciende a 762.781.126,97 pesos; monto que, dividido por la cantidad de 148 viviendas arroja un resultado de 5.153.926,53 pesos cada una. El fundamento de la condena es el enriquecimiento del sindicato, con el consecuente empobrecimiento de los adjudicatarios. Es importante destacar que de los 148 adjudicatarios, solo 27 son los que accionaron contra el gremio. Las restantes 121 familias que no le dieron intervención a la Justicia terminaron perjudicadas y sin posibilidades de ser resarcidas.

Las actuaciones en la demanda civil fueron contra el sindicato de Luz y Fuerza y sus responsables Claudio Schiavoni y Mauricio Chavero y promovidos por familias adjudicatarias de viviendas reclamando los daños padecidos a raíz del incumplimiento contractual.

Lo ocurrido se remonta a febrero de 2007, cuando las familias firmaron un contrato con el sindicato por el cual adquirían un terreno de 220 metros cuadrados, con obra de infraestructura -agua, cloaca, gas y cordón cuneta- acordándose el precio, respecto de algunos de los actores, en 20.000 pesos, pagaderos mediante una entrega de 5.000 pesos y treinta y cinco cuotas mensuales de 428,50 pesos y en la cantidad de 14.700 pesos respecto de otros, con idéntico anticipo y cuotas de 276 pesos. Los adjudicatarios abonaron la totalidad de lo acordado con la entidad gremial.

Las personas empezaron a manifestar el malestar cuando cuatro años más tarde de haber terminado de pagar la totalidad del contrato, en 2013, en el terreno no hubo ningún tipo de intervención. En junio de ese año los convocaron a una reunión en la que se les informó que se iniciarían las obras y se les solicitó la firma de un nuevo convenio, para solventar mejoras en las viviendas que se construirían. Los damnificados fueron obligados a firmar esos nuevos acuerdos, bajo amenaza de que si no lo hacían les resolverían los contratos de adjudicación de los terrenos, por lo que accedieron a firmarlos.

Las víctimas relataron que este segundo convenio fue firmado con la Mutual del Sindicato de Luz y Fuerza, representada por el demandado Schiavoni, que en él se establecía un precio de 39.939,57 pesos y que las mejoras que, según ese convenio se harían, eran las mismas contempladas en el primero. Con esa iniciativa nuevamente engañaron a los damnificados respecto de las mejoras. El Sindicato como la Mutual se aprovecharon de la angustia y desesperación de los actores para hacerles firmar el segundo contrato con la finalidad de solventar las obras que no habían hecho con el dinero recaudado mediante la primera operación.

Para noviembre de 2013, aún no se había iniciado la obra, lo que motivó se cursaran intimaciones y, que también realizaron una denuncia penal, concluyendo con una “probation” (suspensión de juicio a prueba). Concluyen el relato asegurando que el Instituto de la vivienda y la Provincia asumieron la construcción de las viviendas y de la infraestructura, y que ello se incluirá en el costo de las casas que, crédito hipotecario mediante, cada uno de los demandantes deberá abonar.

Las viviendas tendrían que haber estado concluidas en 2011 y las inauguraron en 2018. Esa dilatación en la finalización del complejo habitacional serían factores que incrementan el monto de resarcimiento económico.

Solicitaron la indemnización del daño material, en el equivalente a lo que deban abonar al Instituto de la Vivienda en concepto de infraestructura, la restitución de lo abonado en virtud del segundo convenio -firmado con la Mutual del Sindictato de Luz y Fuerza- según los valores de esa época que deben ser actualizados por el aumento del índice de precios y la inflación determinada por el Indec.

La actualización del resarcimiento también incluyó los gatos en alquileres de gran cantidad de los damnificados en el período en el que no se desarrollaron las edificaciones que contrataron. Finalmente, también computaron como incremento el daño moral y el daño punitivo.

En el fallo el juez hizo un contrapunto en la presentación realizada por el secretario general de Luz y Fuerza, Claudio Schiavoni en la que negó que se hayan celebrado los contratos y durante la instrucción de la causa penal había reconoció la existencia de los convenios con los adjudicatarios de las viviendas. El juez Santore lo valoró como una confesión.

Apelación

Este fallo de primera instancia se encuentra actualmente en la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Pergamino porque fue recurrido tanto por los damnificados como por el Sindicato. Las personas damnificadas pidieron una actualización del incremento de los valores de los bienes para establecer una equiparación con los costos de lo que pagaron con los precios actuales. En tanto, la entidad gremial habría interpuesto su apelación por no quedar conformes por el fallo de primera instancia. La Resolución de los camaristas tiene un plazo de 60 días para dar un nuevo veredicto.

Larga lucha

Las familias damnificadas promovieron acciones legales y de gestión para ser escuchados en los fueros de la Justicia Civil y Penal; pero también en la gobernación bonaerense que se hizo eco de la demanda y realizó la intervención de infraestructura y las obras de las casas.

El sueño empezó en 2007 y once años después lo vieron concretado tras reclamar y gestionar ante las autoridades. La batalla legal todavía sigue dándose y es posible que la sentencia quede firme tras las intervenciones de los Tribunales de Justicia provincial y nacional. El grupo de personas que iniciaron la demanda están pendientes que el recurso se resuelva hasta las últimas consecuencias.

Comentarios