Pergamino, 24 de noviembre del 2024

Veredicto absolutorio para las acusadas en el caso de la hacendada

Las conclusiones del juez terminaron absolviendo a las cuatro mujeres por el beneficio de la duda. “La valoración exhaustiva del plexo probatorio reunido en autos no me permite arribar a la certeza necesaria en este estadio en cuanto a la prueba de la materialidad delictiva de los delitos imputados y como sabemos la duda juega a favor de los encartados”, definió antes de dar el veredicto absolutorio.

Lunes 13 de mayo de 2024

El caso llegó a juicio por la denuncia de Leonor Estallo Sánchez como heredera natural de los bienes de su hermana Zulma. Leonor denunció a la nuera, Noemí Sánchez y a las nietas, Paula y Verónica Giménez por haber recurrido a la escribana María Florencia Peries, para hacer un testamento en el que donaba sus máximos bienes a esas integrantes de la familia. Por ese motivo en las audiencias de debate el eje central de disputa estaba en la validez o no de ese documento.

Leonor Estallo Sánchez decidió no concurrir, al igual que su abogado, a pesar de haber anunciado su participación. Tras la lectura se manifestó en disconformidad. El veredicto del Juzgado Correccional Nº 2 estuvo en sintonía con los planteos de los abogados defensores.

Juez Carlos Picco

Este lunes a la mañana en los Tribunales de Pergamino el juez Carlos Picco leyó el veredicto absolutorio a la escribana María Florencia Peries; a Noemí Sánchez; Paula y Verónica Giménez. Con la notoria ausencia del bloque de la acusación, ante los trascendidos de la absolución, no participaron del acto de lectura los fiscales del juicio Nelson Mastorchio e Ignacio Uthurry ni el abogado querellante, representante de Leonor, Roberto Casorla Yalet. 

Las testigos del testamento ocuparon un rol de importancia en el veredicto del juez Carlos Picco. El fallo judicial del magistrado determinó que: “La acusación no pudo probar que las testigos no fueron a la escribanía, que el acto no ocurrió en presencia de ellas y en una única secuencia de tiempo pues sus firmas estaban insertas en el documento y sus testimonios estuvieron revestidos de mendacidad; por lo que debo estar a lo plasmado en el instrumento público por la fuerza convictiva y seguridad jurídica que representa”, consideró Picco al momento de dar cuenta de su valoración.

La capacidad de Zulma Estallo Sánchez para dejar sus bienes en un testamento era otra de las cuestiones de controversia. Mientras la Fiscalía y la querella sostuvieron la acusación en la incapacidad de la adulta mayor en legar sus bienes por un notorio deterioro cognitivo generado por una cuestión de salud; la defensa sostuvo la capacidad de la mujer en dejar sus principales propiedades a en beneficio de algunos de sus seres queridos.

Las declaraciones del médico de cabecera de Zulma Estallo Sánchez le valieron juez para determinar que se encontraba en condiciones clínicas para hacer un testamento y legar sus bienes. El informe de una perito psiquiatra que le practicó varios test quedaron relativizados, según el fallo. En los argumentos del veredicto se citan las declaraciones del médico de cabecera donde determina un estado de salud general bueno y las conclusiones de un médico psiquiatra de la defensa con apreciaciones positivas sobre las capacidades mentales de la hacendada al momento de legar sus bienes.

Las declaraciones de la asistente social, el peón del campo y el juez de Familia terminaron de acreditar el pleno acto de su voluntad por parte de Zulma. Una denuncia por usurpación en sede policial, por parte de la adulta mayor, es un elemento que sirve para sostener el pleno uso de sus facultades.

Las anotaciones en una libreta sobre las distintas actividades de Zulma la mostraban ocupada en distintos menesteres de la actividad agropecuaria en un campo de la zona rural de Urquiza hasta el año 2012. Por ese motivo el juez Picco consideró: “La prueba hasta aquí analizada me conduce a concluir que la acusación no pudo acreditar con el grado de certeza que este momento procesal requiere que Zulma Edith Estallo Sánchez careciera de las capacidades psíquicas para realizar el acto de disposición de bienes para después de su muerte que aquí se cuestiona”.

En el veredicto desarrollan los elementos históricos de la cronología familiar en el que Zulma iba depositando en su sobrino Guillermo toda la confianza para administrar sus bienes y la ayuda al desarrollo de actividades económicas particulares a la esposa y los hijos. Tras la muerte de Guillermo, ese legado iba a quedar en beneficio de la esposa y sus herederos.

Las conclusiones del juez terminaron absolviendo a las cuatro mujeres por el beneficio de la duda. “La valoración exhaustiva del plexo probatorio reunido en autos no me permite arribar a la certeza necesaria en este estadio en cuanto a la prueba de la materialidad delictiva de los delitos imputados y como sabemos la duda juega a favor de los encartados”, definió antes de dar el veredicto absolutorio.

Desde el Juzgado Correccional Nº 2 pidieron que la Fiscalía General inicie una investigación por presunto falso testimonio de las testigos del Testamento: María del Carmen Ayuso y Gabriela Musacchio. De esta última con el agravante de ser en causa criminal y en contra del inculpado.

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